En la era actual, los casos de sustracción o secuestro internacional de menores han experimentado un aumento notable. Este incremento se atribuye a la mayor movilidad global y al creciente número de matrimonios internacionales.
En situaciones de divorcio o crisis de pareja, uno de los padres puede trasladar a los menores a otro país sin el consentimiento del otro progenitor o sin la autorización judicial necesaria. Esta situación puede resultar extremadamente complicada, requiriendo la intervención de abogados especializados en derecho penal y derecho internacional.
¿Qué es la Sustracción Internacional de Menores?
La sustracción internacional de menores se define como el traslado o la retención de un menor en un país distinto al de su residencia habitual sin el consentimiento del otro progenitor. Este fenómeno es particularmente común en familias donde los padres tienen diferentes nacionalidades o residen en un país extranjero. No obstante, también puede ocurrir entre ciudadanos del mismo país que tienen residencias secundarias en el extranjero.
Aspectos Legales del Secuestro Internacional de Menores
En España, la sustracción internacional de menores se regula a través de un marco jurídico complejo que incluye diversas normativas y convenios internacionales:
- Convenio de La Haya de 1980: Este convenio es el principal instrumento legal para abordar la sustracción internacional de menores. Su objetivo es garantizar la restitución inmediata del menor al país de residencia habitual, con excepción de ciertos casos excepcionales. El convenio establece un procedimiento judicial urgente y preferente y limita las razones por las cuales se puede alegar la no restitución.
- Reglamento 2019/1111 de la Unión Europea (Bruselas II ter): Este reglamento complementa el Convenio de La Haya dentro de los países miembros de la UE, reforzando aspectos esenciales como la audiencia del menor y limitando los motivos para no proceder con la restitución.
- Convenios Bilaterales: España tiene acuerdos bilaterales con varios países que regulan la asistencia judicial y la restitución de menores.
- Instrumentos Jurídicos para Países sin Convenio: En casos donde la sustracción ocurre con países que no tienen un convenio con España, los instrumentos legales incluyen comisiones rogatorias, el exequátur de sentencias españolas y procedimientos internos en el país donde el menor se encuentra. Sin embargo, estos mecanismos suelen ser menos eficaces.
Medidas Preventivas y Acciones Inmediatas
Si existe la sospecha de que un menor puedeser sustraído, es fundamental actuar con rapidez. Las medidas preventivasincluyen:
- Solicitar la Prohibición de Salida del País: A través de un procedimiento judicial urgente, se puede solicitar la prohibición de salida del territorio nacional para el menor, conocida comúnmente como "cierre de fronteras". Esto también incluye la retirada del pasaporte del menor y la prohibición de emitir uno nuevo.
- Demostrar el Riesgo de Sustracción: Es necesario demostrar al juez que existe un riesgo real de sustracción. Este riesgo es mayor si el menor podría ser trasladado a un país que no es parte del Convenio de La Haya.
En caso de que la sustracción ya haya ocurrido, las acciones inmediatas incluyen:
- Solicitar la Restitución del Menor: La solicitud debe realizarse cuanto antes, ya que el Convenio de La Haya establece que si ha transcurrido más de un año desde la sustracción, y el menor se ha integrado en su nuevo entorno, la restitución puede no ser automática.
- Considerar la Oposición a la Restitución: El progenitor que ha sustraído al menor puede oponerse a la restitución por diversos motivos, incluyendo el riesgo físico o psíquico para el menor o la oposición del propio menor.