La responsabilidad penal de las personas jurídicas es un tema cada vez más importante en el derecho penal moderno. En el pasado, las empresas no podían ser consideradas responsables de cometer delitos, ya que se consideraba que solo las personas físicas podían ser responsables. Sin embargo, esto ha cambiado en muchas jurisdicciones, incluyendo la Unión Europea y los Estados Unidos, donde se han implementado leyes que permiten que las empresas sean penalizadas por sus acciones delictivas.
Este cambio en la ley ha sido motivado en gran parte por los escándalos corporativos que han salido a la luz en las últimas décadas, en los que grandes empresas han sido responsables de delitos financieros, corrupción y otros delitos graves. Estos casos han demostrado que la falta de responsabilidad penal para las empresas puede llevar a una cultura de impunidad y corrupción que socava la confianza en la justicia y el estado de derecho.
El modelo de responsabilidad dela persona jurídica se basa en la idea de la autorresponsabilidad, lo que significa que la empresa es responsable de su propio delito, ya sea de mera actividad o pasividad, y es distinto al delito individual. Esto significa que si una empresa comete un delito, es la propia empresa la que debe ser penalizada, y no solo los individuos que cometieron el delito.
Para que una empresa sea considerada responsable de un delito, se debe demostrar que la forma en que la entidad se organizó o estructuró favoreció la comisión del delito. Es decir, se debe demostrar que la empresa tenía conocimiento de que se estaban cometiendo delitos y no hizo nada para detenerlos. Además, se exige que el delito se haya cometido en el curso y desarrollo de las actividades de la empresa, en beneficio directo o indirecto de la misma.
Se pena a la persona jurídica porque como organización ha permitido que sus miembros delincan en su favor.
El injusto es estar mal organizado (no tener un programa de cumplimiento razonable) por lo que esa falta de debido control debe ser probado por la acusación. No vale que constatado el delito individual debe presumirse el delito de la persona jurídica.
A diferencia de las personas físicas que se valora propiamente el hecho, en las personas jurídicas se miran circunstancias de noción de cultura sobre elementos de cumplimiento del pasado por lo que el modelo se base en la virtud. Para eximir la responsabilidad penal, la persona jurídica debe colaborar (deber de cuidado ex ante) y asistir en la investigación (ex post).
En los casos de transformación, fusión, escisión y absorción de sociedades, pueden éstas heredar la responsabilidad penal existente antes si se prueba una voluntad fraudulenta, por lo que se recomienda que antes de realizar estas operaciones deben hacerse investigaciones sobre la posible responsabilidad previa (art. 130 CP).
En resumen, la responsabilidad penal de las empresas es un tema importante que tiene en cuenta la organización y el comportamiento de las empresas. Si una empresa comete un delito, puede enfrentar consecuencias legales, pero si se demuestra que se han tomado medidas de prevención para evitar el delito, la empresa puede quedar exenta de responsabilidad. Es importante que las empresas colaboren en la investigación y que realicen investigaciones previas antes de realizar operaciones que puedan heredar responsabilidad penal.